Enersuit es una empresa integradora de soluciones energéticas enfocada en:
- El diseño e instalación de sistemas Fotovoltaicos acorde a sus necesidades.
- Sistemas para el almacenamiento de la energía, los cuales permiten disponer de energía en horas sin sol o en el caso de interrupciones en el suministro de CFE.
- Diseño e Instalación de sistemas Térmicos Solares para Agua Caliente Sanitaria (ACS) o sistemas de Calefacción.
- Implementación de Sistemas para la Recuperación y Reciclamiento del agua.
- Estudios y análisis para lograr mejoras y eficiencia en el uso de la energía.
- Auditorías energéticas.
- Instalación y mantenimiento de sistemas de alumbrado público que utilizan fotovoltaicos
- Implementación de sistemas de control y monitoreo a cada uno de los sistemas si así lo requiere.
- Contamos con los recursos y el Apoyo de nuestros Proveedores para el desarrollo e instalación de grandes proyectos en cualquier punto de la república mexicana.
- Servicios para la instalación de Ecotecnias acordes a las características de su construcción.
- Servicios de Mantenimiento correctivo o preventivo a cualquiera de los sistemas mencionados anteriormente.
- Nuestros servicios están orientados principalmente el sector residencial, Comercial, agrícola e Industrial.
Enersuit le ofrece la mejor justificación de su inversión en cada uno de nuestros proyectos los cuales son entregados llave en mano, nuestros proyectos utilizan principalmente las energías renovables para la conversión y generación de la energía y también pueden combinarse con un sistema de energía convencional (gas o electricidad) para asegurar la continuidad del servicio en caso de ser necesario, partiendo del principio de utilizar primero la energía gratuita y natural y después la que tiene un costo y su uso continuo daña al medio ambiente.
Enersuit también programa de forma inmediata las fechas de instalación una vez que se ha analizado la información obtenida previamente de una visita técnica para asegurar y desarrollar el proyecto sugerido, el cual se presenta al cliente junto con la cotización en la cual se especifican las condiciones y la forma de pago.
ENERSUIT Ofrece a través del banco financiamiento al 100% para la inversión de sus proyectos solares en sitio, lo cual le permitirá generar ahorros significativos en sus facturas de energía eléctricas desde el exterior, sin desembolso inmediato de efectivo. Podemos coordinar con el banco la asignación de su crédito y diseñar planes de financiación específicos (de1 a 5 años) acordes a sus necesidades.
Nos encargamos de todo el proceso:
Tomamos especial cuidado en cada uno de los aspectos del proyecto. Obtenemos todos los permisos legales, administramos la instalación, la operación y el mantenimiento, para que usted pueda enfocarse en su negocio.
- DISEÑO – PROYECTO
- INSTALACIÓN
- OPERACIÓN
- MANTENIMIENTO
Estamos comprometidos con proyectos de energía Renovable, autosustentables, sostenibles y de operación eficiente. Con lo cual usted disminuye su huella de carbono y reduce los costes de energía
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En México desde el 27 de junio de 2007 existe un esquema de interconexión para fuentes de energía fotovoltaica a pequeña y mediana escala en todas las regiones del país donde opera la Comisión Federal de Electricidad. Con esto y considerando la norma establecida para la generación de la energía eléctrica podemos instalar un Sistema Solar Fotovoltaico. El esquema que se utiliza para interconectarse a la Red se llama “Balance Neto”.
En caso de ser necesario ENERSUIT lo asesora para la realización de sus trámites ente la SENER La Secretaría de Energía (la Sener) ha emitido los Certificados de Energías Limpias (CEL), también informa, Cuál es el proceso para cumplir con las Obligaciones de CEL que tienen los Participantes Obligados. https://www.gob.mx/cre/articulos/preguntas-frecuentes-sobre-los-certificados-de-energias-limpias |
Incentivo Fiscal para inversión en Energía Solar Fotovoltaica
LEY ISR / SECCIÓN II DE LAS INVERSIONES
Artículo 31. Las inversiones únicamente se podrán deducir mediante la aplicación, en cada ejercicio, de los por cientos máximos autorizados por esta Ley, sobre el monto original de la inversión, con las limitaciones en deducciones que, en su caso, establezca esta Ley. Tratándose de ejercicios irregulares, la deducción correspondiente se efectuará en el por ciento que represente el número de meses completos del ejercicio en los que el bien haya sido utilizado por el contribuyente, respecto de doce meses. Cuando el bien se comience a utilizar después de iniciado el ejercicio y en el que se termine su deducción, ésta se efectuará con las mismas reglas que se aplican para los ejercicios irregulares.
El monto original de la inversión comprende, además del precio del bien, los impuestos efectivamente pagados con motivo de la adquisición o importación del mismo a excepción del impuesto al valor agregado, así como las erogaciones por concepto de derechos, cuotas compensatorias, fletes, transportes, acarreos, seguros contra riesgos en la transportación, manejo, comisiones sobre compras y honorarios a agentes aduanales. Tratándose de las inversiones en automóviles el monto original de la inversión también incluye el monto de las inversiones en equipo de blindaje.
Artículo 32. Para los efectos de esta Ley, se consideran inversiones los activos fijos, los gastos y cargos diferidos y las erogaciones realizadas en periodos preoperativos, de conformidad con los siguientes conceptos:
Activo fijo es el conjunto de bienes tangibles que utilicen los contribuyentes para la realización de sus actividades y que se demeriten por el uso en el servicio del contribuyente y por el transcurso del tiempo. La adquisición o fabricación de estos bienes tendrá siempre como finalidad la utilización de los mismos para el desarrollo de las actividades del contribuyente, y no la de ser enajenados dentro del curso normal de sus operaciones.
Artículo 34. Los por cientos máximos autorizados, tratándose de activos fijos por tipo de bien son los siguientes:
XII. 100% para adaptaciones que se realicen a instalaciones que impliquen adiciones o mejoras al activo fijo, siempre que dichas adaptaciones tengan como finalidad facilitar a las personas con discapacidad a que se refiere el artículo 186 de esta Ley, el acceso y uso de las instalaciones del contribuyente.
XIII. 100% para maquinaria y equipo para la generación de energía proveniente de fuentes renovables o de sistemas de cogeneración de electricidad eficiente.
Para los efectos del párrafo anterior, son fuentes renovables aquéllas que por su naturaleza o mediante un aprovechamiento adecuado se consideran inagotables, tales como la energía solar en todas sus formas; la energía eólica; la energía hidráulica tanto cinética como potencial, de cualquier cuerpo de agua natural o artificial; la energía de los océanos en sus distintas formas; la energía geotérmica, y la energía proveniente de la biomasa o de los residuos. Asimismo, se considera generación la conversión sucesiva de la energía de las fuentes renovables en otras formas de energía.
Lo dispuesto en esta fracción será aplicable siempre que la maquinaria y equipo se encuentren en operación o funcionamiento durante un periodo mínimo de 5 años inmediatos siguientes al ejercicio en el que se efectúe la deducción, salvo en los casos a que se refiere el artículo 37 de esta Ley. Los contribuyentes que incumplan con el plazo mínimo establecido en este párrafo, deberán cubrir, en su caso, el impuesto correspondiente por la diferencia que resulte entre el monto deducido conforme a esta fracción y el monto que se debió deducir en cada ejercicio en los términos de este artículo o del artículo 35 de esta Ley, de no haberse aplicado la deducción del 100%. Para estos efectos, el contribuyente deberá presentar declaraciones complementarias por cada uno de los ejercicios correspondientes, a más tardar dentro del mes siguiente a aquél en el que se incumpla con el plazo establecido en esta fracción, debiendo cubrir los recargos y la actualización correspondiente, desde la fecha en la que se efectuó la deducción y hasta el último día en el que operó o funcionó la maquinaria y equipo.
Soporte de origen: http://dof.gob.mx/